Antes de la incorporación de la opción para los autónomos de la cobertura por contingencias de Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional, no estaban incluidos en la definición legal de dichos términos, sino que éstas definiciones se limitaban exclusivamente a los trabajadores por cuenta ajena, de tal manera que existía cierta paradoja, es decir, desarrollando la misma actividad que un trabajador por cuenta ajena, con el mismo accidente o enfermedad y con las mismas causas y riesgos que lo provocan, al asalariado se le clasifica como contingencia profesional y al autónomo como contingencia común.
Este aspecto se desarrollará más adelante de forma exhaustiva puesto que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales deja muchas pregunta en el aire.
Como ya hemos expuesto, ahora sí tenemos la opción de estar incluidos en dicha cobertura y recibiendo prestación económica desde el primer día de baja (siempre formalizada mediante una Mutua), así que también se crea para nosotros la definición legal específicamente para Trabajadores Autónomos de los siguientes términos:
Según su definición legal, el Accidente de Trabajo para el colectivo autónomo es “el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación del régimen especial” (R.D 1273/2003). No se incluyen como accidente los ocurridos al ir o volver al centro del trabajo, los debidos a alguna fuerza mayor extraña al trabajo, ni los debidos a la imprudencia temeraria del trabajador.
Según su definición legal, el es “el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza y que determina su inclusión en el campo de aplicación del régimen especial” (R.D 1273/2003). No se incluyen como accidente los ocurridos al ir o volver al centro del trabajo, los debidos a alguna fuerza mayor extraña al trabajo, ni los debidos a la imprudencia temeraria del trabajador.
Los TIPOS más frecuentes de Accidente de Trabajo son:
- Caídas de persona a distinto nivel
- Caídas de personas al mismo nivel
- Caídas de objetos por desplome o derrumbamiento
- Caídas de objetos en manipulación
- Caídas por objetos desprendidos
- Pisadas sobre objetos
- Choques contra objetos inmóviles
- Choques contra objetos móviles
- Golpes por objetos o herramientas (se incluyen los cortes)
- Proyección de fragmentos o partículas
- Atrapamiento por o entre objetos
- Atrapamiento por vuelco de máquinas
- Sobreesfuerzos
- Contactos térmicos
- Exposición a contactos eléctricos
- Exposición a sustancias nocivas
- Exposición a radiaciones
- Explosiones
- Incendios
- Accidentes causados por seres vivos
- Atropello o golpes con vehículos
- ...
Son FACTORES DETERMINANTES de los Accidentes de Trabajo:
- Los actos inseguros (aquellos en los que intervienen la persona): operar a velocidad inadecuada con equipos, máquinas, etc..., poner fuera de servicio los dispositivos de seguridad, usar equipos defectuosos o inadecuados, usar los equipos de manera incorrecta, instalar carga de manera incorrecta, mal almacenaje, levantar objetos de forma incorrecta, adoptar una posición inadecuada en la realización del trabajo, trabajar bajo la influencia del alcohol u otras drogas....
- Las condiciones inseguras (estado de las instalaciones en general): protecciones y resguardos inadecuados, equipos de protección inadecuados e insuficientes, herramientas, equipos o materiales defectuosos, condiciones ambientales peligrosas (gases, polvos, humos, emanaciones metálicas, vapores...), exposiciones a ruido, a radiaciones, iluminación excesiva o deficiente, ventilación insuficiente....
Hay que tener en cuenta que un fallo de cualquiera de estos factores o la consecución de los mismos, es suficiente para el desencadenamiento de un accidente de trabajo.
Son TECNICAS DE PREVENCION de seguridad:
1. Factor técnico
- De concepción: seguridad en el diseño, proyecto e instalaciones, en el diseño y protección de equipos, en el diseño de métodos de trabajo... (Ergonomía).
- De corrección: adaptación de sistemas de seguridad, de defensas y resguardos, utilización de equipos de protección personal, implantación de normas de seguridad, mantenimiento preventivo...
En primer lugar hay que actuar sobre el factor técnico, es decir hay que procurar eliminar o en su defecto reducir el factor riesgo en los equipos, lugares y métodos de trabajo. Si aun así, el riesgo no se elimina, hay que actuar sobre el trabajador.
2. Factor humano
- De concepción: formación, adiestramiento, práctica...
- De corrección: disciplina.